martes, 19 de febrero de 2013
El Sacramento de la Reconciliación
En el Evangelio de San Lucas,
leemos que cuando Jesús fue presentado en el Templo a los 40 días de nacido, el
anciano Simeón, tomándolo en sus brazos dijo: "Este está puesto para caída
y elevación de muchos en Israel y para ser señal de contradicción". (Lc.2,34) Si hay algo en el mundo en que se cumpla esta
extraña profecía, es respecto al Sacramento de la Reconciliación practicado
fielmente en la Iglesia Católica y rechazado airadamente por sus enemigos y
cristianos ignorantes.
En el presente estudio trataremos
de mostrar la grandeza del Sacramento de la Reconciliación, con la esperanza de
aclarar las dudas que en cristianos de buena voluntad, hayan surgido ante el
asedio de aquellos que por orgullo o ignorancia, hayan caído en contradicción
con Cristo el Señor.
Evidentemente, aquél que se
encuentra en pecado mortal, no puede acercarse a la Sagrada Comunión. San Pablo
nos advierte fuertemente en contra de tal atrevimiento- "Por tanto, quien
coma el pan o beba el cáliz del Señor indignamente, será reo del Cuerpo y
Sangre del Señor. Examínese pues, cada cual, y coma así el pan, y beba el
cáliz. Pues quien come y bebe sin discernir el Cuerpo, come y bebe su propio castigo"
(1 Cor. 1 1,27-29)
¿QUÉ SON LOS SACRAMENTOS?
Antes de tratar el Sacramento de
la Reconciliación en particular, es preciso definir someramente qué son en
general los Sacramentos. El Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica, a partir
del número 1113, trata el tema con belleza, profundidad y amplitud.
Recomendamos su lectura. "Los Sacramentos están
ordenados a la santificación de los hombres, a la edificación del Cuerpo de
Cristo y, en definitiva, a dar culto a Dios".
El Sacramento del Perdón.
San Juan Evangelista nos relata
cómo el mismo día de la Resurrección de Jesucristo, al atardecer "estando
cerradas, por miedo a los judíos, las puertas del lugar donde se encontraban
los discípulos, se presentó Jesús en medio de ellos y les dijo: 'La paz con
vosotros'. Dicho esto les mostró las manos y el costado. Los discípulos se
alegraron de ver al Señor. Jesús les dijo otra vez: 'La paz con vosotros. Como
el Padre me envió, también Yo os envío'. Dicho esto, sopló sobre ellos y les
dijo: 'Recibid el Espíritu Santo. A quienes perdonéis los pecados, les quedan
perdonados; a quienes se los retuviereis, les quedarán retenidos".
(Jn.20,19-23)
Es impresionante el hecho de que
lo primero que Nuestro Señor hace una vez resucitado, es conferir a sus
Apóstoles el poder de perdonar los pecados. Bien sabe Jesús de qué barro tan
frágil estamos hechos y la necesidad que tenemos de restaurar la Gracia
bautismal perdida por el pecado mortal.
Sólo Dios perdona los pecados.
El Evangelio de San Marcos nos
refiere la ocasión en que a Jesús le presentan un paralítico bajándolo por
entre las tejas del techo, en una camilla. Viendo Nuestro Señor la fe de
aquellas personas, le dijo al paralítico: "Hijo, tus pecados te son
perdonados". Con toda razón los escribas presentes pensaron que Jesús
blasfemaba porque "¿Quién puede perdonar pecados sino solo Dios?"
Pero el Señor, para demostrar su divinidad y el poder que tiene para ello, cura
inmediatamente al paralítico, que sale sano y perdonado a la vista de todos.
(Mc.2,1-12).
Pero la voluntad de Dios no es
tan solo perdonar al pecador arrepentido, sino el delegar este poder divino a
los sacerdotes, desde el mismo día de su gloriosa Resurrección. (Jn. 20,21-23)
Así la Iglesia viene a ser el signo e instrumento del perdón y reconciliación
que Cristo nos adquirió al precio de su Sangre. San Pablo se sabe enviado por
Cristo para ejercer "ministerio de la reconciliación" (2 Cor. 5,18).
Al hacer partícipes a los
apóstoles de su propio poder de perdonar los pecados, el Señor les da también
la autoridad de reconciliar a los pecadores con la Iglesia. El poder de
"atar y desatar" que Cristo confiere solamente a San Pedro (Mt.1
6,19) como cabeza visible de la Iglesia, significa el poder excluir o aceptar
de nuevo al pecador de la comunión con la iglesia ... La reconciliación con la
Iglesia, es inseparable de la reconciliación con ¡Dios!.
LA PRÁCTICA DE LA RECONCILIACIÓN
Contrición.
En la Parábola del Hijo Pródigo
(Lc.15,1 1-24) encontrarnos todo el proceso de la Reconciliación. Aquel
muchacho no pensó en volver a la casa de su padre, hasta que tomó conciencia de
su lamentable estado. Igualmente el pecador no iniciará su vuelta a Dios, sino
hasta caer en cuenta de que está en pecado. De pronto, debido sin duda a una
inspiración del Espíritu Santo, su conciencia le acusa y se arrepiente de haber
pecado. El arrepentimiento, también llamado contrición o dolor de los pecados,
puede surgir por el simple fracaso humano, que el pecado conlleva en muchas
ocasiones. Podemos arrepentirnos al
descubrir la grandeza del amor de Dios y sentir horror por el pecado que ha
derramado la Sangre Preciosa de Cristo. Surge también el temor de vernos
separados de Dios por nuestros pecados. El retorno a Dios por amor, es una
contrición perfecta.
Examen de conciencia.
A la luz de la Palabra de Dios el
penitente descubre el número y la gravedad de sus pecados. No tan solo al
recordar los 10 Mandamientos de la Ley de Dios y los 5 de la Iglesia, sino al
considerar el Sermón de la Montaña y textos apostólicos (Rm. 1 2-15; 1 Cor.
12-13; Gál.5; Ef.4-6)
En esta etapa podemos encontrar
conciencias equivocadas por falta de formación: desde aquel que no se descubre
ninguna falta "porque no roba ni mata", hasta el escrupuloso que
agranda nimiedades y más confía en la minuciosa y exacta investigación de sus
pecados, que en la misericordia del Dios que le espera con los brazos abiertos.
Tanto la conciencia laxa, como la escrupulosa, deben ser orientadas por el
confesor con toda firmeza.
Propósito de enmienda.
Una auténtica Contrición,
conlleva necesariamente el firme propósito de no volver a pecar. Sería una
farsa pedir perdón por un pecado que estamos decididos a seguir cometiendo. El
propósito debe ser universal, es decir de todos los pecados y perpetuo, o sea,
para toda la vida. Absurdo sería arrepentirse de unos sí y de otros no, o hacer
un propósito "hasta tal o cual día".
El propósito de enmienda, por
firme que sea, va sin embargo acompañado de una posible reincidencia, nacida de
la debilidad humana. Es por eso que en el Acto de Contrición prometernos
"apartarnos de las ocasiones próximas de pecado". El que ama el
peligro, en él perece, dice el dicho popular. Por triste experiencia, se sabe
de lugares, personas y cosas que nos inducen a pecar. En cuántas ocasiones es el ambiente el que nos
induce al pecado: el propósito de enmienda sincero, tal vez nos obligue a dejar
ciertos "amigos", lugares y circunstancias que harían naufragar
nuestros mejores propósitos. Cuestión de vida o muerte eterna.
Confesión de los pecados.
La confesión de los pecados,
incluso desde un punto de vista simplemente humano, nos libera y facilita
nuestra reconciliación con Dios, con el prójimo, y con nosotros mismos. Por la
confesión, el hombre se enfrenta a los pecados de que se siente culpable, asume
su responsabilidad y por ello se abre de nuevo a Dios y a la comunión de la
Iglesia con el fin de hacer posible un nuevo futuro.
La confesión de los pecados hecha
al sacerdote, construye una parte esencial del Sacramento de la Reconciliación.
'En la Confesión, los penitentes deben enumerar todos los pecados mortales de
que tienen conciencia después de haberse examinado seriamente, incluso si estos
pecados son muy secretos y si han sido cometidos solamente contra los dos
últimos Mandamientos del Decálogo, pues a veces estos pecados hieren más
gravemente el alma y son más peligrosos que los que han sido cometidos a la
vista de todos" (Concilio de Trento).
Callar conscientemente algunos
pecados, tal vez los más graves, es evidencia de que no se está presentando ante
el sacerdote con ánimo de ser perdonado. San Jerónimo dice acertadamente
"si el enfermo se avergüenza de descubrir su llaga al médico, la medicina
no cura lo que ignora". Esta clase de confesiones incompletas
voluntariamente, no obtienen el perdón de nada y añaden además un pecado de
sacrilegio, por profanar un Sacramento.
Según el Mandamiento de la
iglesia "todo fiel llegado a la edad del uso de razón, debe confesar al
menos una vez al año, los pecados graves de que tiene conciencia" (Derecho
Canónico 989).
La Satisfacción o Penitencia
Muchos pecados causan daño al
prójimo. Es preciso hacer lo posible para repararlo (por ejemplo, restitución
de cosas robadas, restablecer la reputación del que ha sido calumniado,
compensar las heridas, etc.) la simple justicia exige esto. Pero además el pecado
hiere y debilita al pecador mismo, así como sus relaciones con Dios y con el
prójimo. La absolución quita el pecado, pero no remedia todos los desórdenes
que el pecado causó.
Liberado del pecado, el pecador
debe todavía recobrar la plena salud espiritual. Por lo tanto debe hacer algo
para reparar sus pecados: debe "satisfacer" de manera apropiada, debe
"expiar" sus malas acciones.
Tomado de documento con igual título del R.P. Pedro Herrasti, S.M.
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